Nacionalidad para los que ganan 3,100 soles al mes mínimo.

Desde el año pasado, la nacionalidad peruana está a precio de lujo. Mientras el salario mínimo son 750 soles al mes, todos aquellos que deseen quedarse a vivir indefinidamente y olvidarse de la DIGEMIN (Dirección de Migraciones) y su carné de extranjería para siempre, vayan consiguiendo puesto de directivo, pues deberán demostrar ingresos netos de 10 UIT anuales, aproximadamente unos 3,100 soles netos mensuales.

Consultando a un abogado, la Constitución en sus derechos fundamentales de la persona (que aplican a extranjeros también, ya que son universales) no puede haber discriminación por razón de condición económica.

Para los que deseamos quedarnos a vivir indefinidamente, nos queda el carné de extranjería "ad infinitum" (hasta el infinito), un calvario conseguirlo y mucho más renovarlo anualmente, !qué remedio! Y eso de salir y entrar alegremente cada 6 meses se ha puesto difícil últimamente.

Pero eso no se debería aplicar a los extranjeros casados con peruanos verdad, o también? Porque eso sería doblemente injusto y fuera de lugar y de la ley!

Habría que ver lo que dice la legislación, Mart, porque recuerda que hay mucha legislación que se presta a interpretación funcionario, lamentablemente. Ojalá que no.

Mart-Lima escribió:

Pero eso no se debería aplicar a los extranjeros casados con peruanos verdad, o también? Porque eso sería doblemente injusto y fuera de lugar y de la ley!


Yo conozco un caso de un amigo norteamericano casado con peruana y según me cuenta, no puede nacionalizarse a menos que gane los más de tres mil soles mencionados, lamentablemente.

¿Podrían indicarme en qué gaceta oficial aparece ese nuevo requsito? En http://www.migraciones.gob.pe no aparece aújn la actualización y quisiera corroborar en los casos que aplica.

Gracias.

Si vas a la página de la DIGEMIN verás que el mencionado requisito económico es de tipo general, por lo tanto, aplica a todas las calidades migratorias.

http://www.migraciones.gob.pe/index.php … alizacion/

Requisito general 9.

anatetrujilloa escribió:

¿Podrían indicarme en qué gaceta oficial aparece ese nuevo requsito? En http://www.migraciones.gob.pe no aparece aújn la actualización y quisiera corroborar en los casos que aplica.

Gracias.


Este requisito económico no es tan nuevo, apareció en el TUPA del pasado año 2013(Texto único de Procedimientos Administrativos 2013, el cual rige toda la normativa de la DIGEMIN por año de calendario) para el TUPA 2014, han mantenido tal cual el requisito en cuestión.

Gracias.