Matrimonio en Ecuador con un Americano - Qué dolor de cabeza!

Hola a todos,

Soy Ecuatoriana de nacimiento, mi prometido es nacido y residente en Estados Unidos. Los requisitos para casarse en Ecuador son increíblemente difíciles de obtener, no solo para mi prometido que ha viajado ya dos veces solo para obtener los nuevos documentos, ya que cada cierto tiempo aumentan requisitos, (Pasan los 75 dias que debe permanecer en el Ecuador para csarnos y los requisitos han cambiado), sino tambien para mi, ya que no se puede obtener ningun papel sin un largo tramite burocratico.

Existe en Guayaquil un Registro Civil que fue instituído por el Alcalde de la ciudad, y esta avalado por el municipio de Guayaquil, que tiene menos requisitos, pero me han dicho que el matrimonio en dicho Registro Civil no es reconocido por las autoridades Americanas, especialmente si voy a solicitar visa de inmigrante despues de que me haya casado, visa que necesito ya que deseo vivir con mi futuro esposo en los Estados Unidos.

Alguien tiene conocimiento del tema?

Agradezco cualquier información.

Gawdess escribió:

Hola a todos,

Soy Ecuatoriana de nacimiento, mi prometido es nacido y residente en Estados Unidos. Los requisitos para casarse en Ecuador son increíblemente difíciles de obtener, no solo para mi prometido que ha viajado ya dos veces solo para obtener los nuevos documentos, ya que cada cierto tiempo aumentan requisitos, (Pasan los 75 dias que debe permanecer en el Ecuador para csarnos y los requisitos han cambiado), sino tambien para mi, ya que no se puede obtener ningun papel sin un largo tramite burocratico.

Existe en Guayaquil un Registro Civil que fue instituído por el Alcalde de la ciudad, y esta avalado por el municipio de Guayaquil, que tiene menos requisitos, pero me han dicho que el matrimonio en dicho Registro Civil no es reconocido por las autoridades Americanas, especialmente si voy a solicitar visa de inmigrante despues de que me haya casado, visa que necesito ya que deseo vivir con mi futuro esposo en los Estados Unidos.

Alguien tiene conocimiento del tema?

Agradezco cualquier información.


Hola:

Cuando el matrimonio se celebra entre ecuatorianos y extranjeros, la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, ha establecido que EXCLUSIVAMENTE puede llevarse a cabo en DOS LUGARES:

A) Sede de la Dirección Provincial de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Pichincha (Quito).

B) Sede de la Dirección Provincial de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Guayas (Guayaquil).

Por tanto, el Registro Civil de administración municipal, cuya gestión fue transferida a la Municipalidad de Guayaquil en el año 2006, no es competente para autorizar este tipo de matrimonios en concreto: matrimonios entre ecuatorianos y extranjeros no residentes en Ecuador.

Los requisitos para contraer matrimonio NO LOS FIJA el Registro Civil. Vienen fijados en la Ley (Código Civil y Ley General de Registro Civil, Identificación y Cedulación) y por los Reglamentos que, adoptados mediante Resolución, ha expedido la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Guayas (y que obligatoriamente deben aplicar tanto los Registros Civiles a cargo del Estado, como el de Guayaquil, porque son Reglamentos de ejecución de una Ley estatal). Y al haber un elemento extranjero en la situación, entran en juego normas de Derecho Internacional Privado. Es decir, nada es inventado, ni adoptado de manera arbitraria, sino con base normativa.

Lo que sucede es que los Consulados extranjeros, de acuerdo con la Convención de Viena sobre relaciones consulares, deben ejercer sus funciones respetando íntegramente el ordenamiento jurídico del Estado anfitrión (en este caso, Ecuador). Y si la autoridad competente de Ecuador ha dispuesto que los matrimonios entre ecuatorianos y extranjeros deben celebrarse de una forma determinada y cumpliendo ciertos requisitos, los Consulados extranjeros, al momento de reconocer los matrimonios, siempre verificarán que se haya dado cumplimiento a las exigencias de la legislación del país anfitrión.Hay Consulados que advierten a sus nacionales, para evitarse problemas futuros, que sólo reconocerán matrimonios celebrados en la forma prevista por la Ley del país y ante las autoridades que la Ley del país haya establecido como competentes.

Normalmente, para casarse, se exige al contrayente extranjero:

- Pasaporte en vigor con la visa de NO INMIGRANTE y la permanencia de 75 días consecutivos en Ecuador.

- Certificado de movimiento migratorio, que se obtiene en la Unidad Provincial de Información Migratoria de la Dirección Nacional de Migración de la Policía Nacional.

- Certificado literal de nacimiento de la persona (lo que en Ecuador llaman "copia íntegra"), que es la inscripción de nacimiento, donde consta la fecha, lugar de nacimiento y nombre de los progenitores.

- Certificado de estado civil de la persona.

Con personas que proceden de países que no tienen Registro Civil de acuerdo con la tradición jurídica continental, como sucede en Estados Unidos (lo que tienen es un Registro de Hechos Vitales, "Vital Record" en cada Estado) y donde el estado civil se prueba sólo mediante declaración solemne, pero sin hacer referencia a asientos registrales, la necesidad de comprobar que la persona tiene un estado civil que le permite contraer matrimonio según la Ley de Ecuador, cobra mayor importancia y por eso, es posible que se refuercen los controles de los documentos.

Luego, pueden ser necesarios otros requisitos si la persona fuera divorciada o viuda o si la persona tuviera hijos menores de edad de un matrimonio o relación anterior. Pero eso, sólo se producirá en esos supuestos.

Los documentos extranjeros, si son de Estados Unidos, deben estar legalizados con la Apostilla de La Haya  y traducidos al castellano en la forma prevista en la Ley de Modernización del Estado (art. 24).  Con la Apostilla de La Haya, es innecesaria cualquier otra legalización.

En Ecuador, también se aceptan documentos expedidos por el Consulado del país de nacionalidad del contrayente, acreditado en el Ecuador.

En el caso de que el extranjero no sea residente en Ecuador, se exige que sea titular de una visa y que haya permanecido en Ecuador durante 75 días de forma continuada.

Le paso el enlace hacia la página web del Registro Civil:

http://www.registrocivil.gob.ec/?p=1663


Un cordial saludo.

Estimada ,
Yo me acabo de casar con mi esposa que es estadounidense (15 de Marzo - 2014)  y también me toco conseguir todos los papeles y los requisitos para podernos casar , hay mucha información tanto en este blog (e mucha ayuda) como en otros lugares y es un poco confuso a veces , incluso cuando te vas al registro te van a pedir cosas que realmente nadie te menciona (me pase yendo y viniendo por dos semanas hasta que me aprueben -soy de Cuenca) , ahora para evitarte viajes innecesarios te recomiendo que tengas en cuenta lo siguiente :
1- La Visa de tu novio , la necesitas ( nosotros fuimos con la 12 IX) esta se consigue en el ministerio de relaciones exteriores , cuesta 230 $ necesitas una cita para ese tramite , primero presentar la solicitud con los papeles necesarios (pasaporte ,copias , carta de petición de la visa , prueba de solvencia económica ) y luego te dan una fecha para regresar por la visa ,
2- los 75 días dentro del país ,una ves que tu novio este en el país por los 75 días consecutivos , necesitas tener el movimiento migratorio que lo consigues en la policía de migración con el pasaporte y te cuesta 5$ ,esto es la prueba de los días que esta dentro de el país ,
3- Certificado de estado civil - esta es una medio complicada , necesitas bajar el formulario que esta en el sitio web de el consulado estadounidense ,una ves que  tengas llenado el formulario , necesitas  una cita con el consulado para hacer la notaria  (no te aceptan el estado civil si no es del consulado Americano) , también se consigue la cita en el sitio web (solo los días viernes de 8am a 11am)  no pierdas el tiempo yendo al consulado a pedirlo sin cita ni el formulario no te harán caso ;  Este te cuesta 50$ ...... no necesitas ningún papel de USA !! si tu novio es divorciado entonces si necesitas papeles apostillados , esos los consigues en la corte donde el se divorcio y la apostilla en el department of state de el estado donde el viva)
4-copias de las cédulas y certificado de votación de los testigos , esto te piden el día que dejas todos los papeles te recomiendo que las ya tengas los testigos confirmados para ese día ya que las cédulas y los certificados van primero .
5- la información que te dan en este blog es muy acertada y de mucha ayuda , no es cosa del otro mundo , si tienes los papeles correctos , vas temprano y con un poco de suerte posiblemente te hagan la entrevista ese mismo día , te hacen 10 preguntas , las mismas a ti y a el , uno a la ves (nombre de los papas y hermanos , a que se dedica ?? por ejemplo), si no eres de Guayaquil o Quito tendrás que ir varias veces ya que los números de teléfono nadie te contesta , por eso es recomendable tengas los papeles listos así te entrevistan , te llaman después de 72 horas (tienes que ir a que te aprueben y de ahi decides una fecha para el matrimonio) , si es un tramite grande y toma tiempo , ahora si esa no es la opción de tu preferencia puedes decirle a tu prometido que te haga la petición de la visa Fiance que es mas fácil , te pide te vas y alla se casan .
Saludos .

Estimado Cesleo82

Gracias por su información que también es para mi de mucha utilidad.
Si es tan amable y me puede decir que otras preguntas les hacen a los novios en la entrevista? Hay preguntas muy difíciles.  Mi novio está preicupado porque es alemán y habla poco español.
Muchas gracias

Quien me puede infromar cuanto tiempo demora realizar los tramites necesarios para casrse en Ecuador con un Norte Americano

macis erreis escribió:

Quien me puede infromar cuanto tiempo demora realizar los tramites necesarios para casrse en Ecuador con un Norte Americano


Hola:

Actualmente, el procedimiento es más sencillo, siempre y cuando, no haya hijos menores de edad habidos en matrimonios o relaciones anteriores (que requeriría el trámite previo de inventario solemne de bienes del menor y nombramiento de curador especial).

La persona extranjera deberá ser titular de una visa de cualquiera de las categorías previstas en la Ley de Extranjería (no sirve el sello T-3 que se coloca en el pasaporte a los turistas).+

Por lo demás, el extranjero necesitará su pasaporte en vigor con la visa antes mencionada y un certificado de estado civil expedido por la autoridad competente del país de nacionalidad. Si no lo tiene o no se lo pueden expedir, se acepta una declaración jurada sobre su estado civil que deberá firmar en el Registro Civil.

Si fuera divorciado se exige la sentencia de divorcio con razón de estar ejecutoriada. Si fuera viudo, se exige el certificado de defunción del anterior cónyuge.

Los documentos extranjeros deben estar legalizados con la Apostilla de La Haya o por el procedimiento ordinario, según corresponda y traducidos al castellano en la forma prevista en la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles.

Debe pagar la tasa de 50 dólares por la celebración del matrimonio. Cuando el contrayente extranjero no está domiciliado en Ecuador (es decir, no es titular de visa de INMIGRANTE), el matrimonio sólo se puede celebrar en las oficinas centrales del Registro Civil de Quito, Guayaquil o Cuenca.

Un cordial saludo.