Varias preguntas

Hola, soy cubana, tengo pensado ir a ecuador a trabajar, soy ingeniera informatica.
1. Tengo posibilidades de que una amiga me envie una carta de invitacion para ecuador, indispensable para entrar a ese pais como cubana, mi preocupacion esta porque he oido noticias de que estan virando a los cubanos de ecuador aun con carta de invitacion, quisiera me asesoraran de todo este tramite ya que no quiero ser virada de ecuador y no perder el dinero de mi boleto.
1.2 Necesito saber los tramites que debe hacer mi amiga ecuatoriana para poder hacerme la carta de invitacion y el tiempo que demora.
2. Necesito saber los tramites para una visa 9-IV.
3. Si cuento con una visa 9-V puedo invitar a alguna persona?.
saludos y espero respuesta

Por favor revisa esta pagina para que te informes mas acerca de venir a Ecuador
http://cancilleria.gob.ec/requisitos-pa … l-ecuador/

rosario.rodriguez escribió:

Hola, soy cubana, tengo pensado ir a ecuador a trabajar, soy ingeniera informatica.
1. Tengo posibilidades de que una amiga me envie una carta de invitacion para ecuador, indispensable para entrar a ese pais como cubana, mi preocupacion esta porque he oido noticias de que estan virando a los cubanos de ecuador aun con carta de invitacion, quisiera me asesoraran de todo este tramite ya que no quiero ser virada de ecuador y no perder el dinero de mi boleto.
1.2 Necesito saber los tramites que debe hacer mi amiga ecuatoriana para poder hacerme la carta de invitacion y el tiempo que demora.
2. Necesito saber los tramites para una visa 9-IV.
3. Si cuento con una visa 9-V puedo invitar a alguna persona?.
saludos y espero respuesta


Hola.

Seguramente no aparece el enlace por estar pendiente de validación. Cuando sea validado por el equipo de Expat-Blog, será visible.

Puede consultar la información general que se ofrece en el siguiente enlace:

https://www.expat.com/forum/viewtopic.p … 76#1525188


En relación a lo que pregunta:

1.- Si la persona extranjera cumple con los requisitos exigidos por la normativa en vigor para cruzar la frontera internacional de la República del Ecuador y ser admitida en su territorio y al mismo tiempo, no se encuentra en alguna de las causales de exclusión enumeradas en la Ley de Migración, no tendrá problema alguno. Los requisitos para entrar vienen definidos en la Ley de Migración, que básicamente consisten en tener un pasaporte válido y en vigor, expedido por cualquier Estado del mundo, con una vigencia mínima de 6 meses y no hallarse incurso en alguna de las causales de exclusión (inadmisión) que prevé la Ley (lo cual aparecerá en el sistema informático o podrá desprenderse del examen del documento de viaje del  extranjero).

2.- Excepcionalmente, se requiere visa para ingresar en Ecuador a los nacionales de República Popular China,  Afganistán, Bangladesh, Eritrea, Etiopía, Kenia, Nepal, Nigeria, Pakistán y Somalía.

3.- Excepcionalmente, por así haberse pactado en Convenios internacionales y asimismo, por haber sido dispuesto en tal sentido por actos normativos de Derecho derivado de la Comunidad Andina de Naciones, pueden ingresar en Ecuador, alternativamente, con su pasaporte en vigor con una validez de al menos 6 meses o con el documento de identidad en vigor de su país, las personas nacionales de los siguientes Estados: Venezuela, Colombia, Perú, Bolivia, Chile, Argentina, Brasil, Uruguay y Paraguay.

4.- Excepcionalmente, para las personas nacionales de Cuba, que sean actualmente residentes en Cuba, se exige que, junto con su pasaporte en vigor, con una validez de, al menos, 6 meses y el no hallarse incursos en causales de exclusión, presenten una Carta de Invitación. Se trata de un documento que únicamente puede ser expedido por:

A) Una persona de nacionalidad ecuatoriana.

B) Una persona extranjera que sea titular de visa de INMIGRANTE.

Además, la persona que invita debe acreditar que cuenta con recursos económicos suficientes por una cantidad de, al menos, mil dólares de los Estados Unidos de América por mes, que debe acreditarse mediante la correspondiente declaración de impuesto a la renta ante el Servicio de Rentas Internas, donde debe constar que en el ejercicio económico inmediatamente anterior ha percibido ingresos anuales por, al menos, 12 mil dólares (lo que equivale a haber ingresado mensualmente, al menos, mil dólares, como ya ha quedado indicado).

En vista de la exigencia de nivel de ingresos y de que deben acreditarse formalmente, es decir, mediante la declaración de impuesto a la renta ante el SRI, no todas las personas estarán en condiciones de invitar (algunas, porque no ganan esa cantidad; otras quizás sí la ganen, pero no íntegramente en la economía formal, sino parte en la formal y parte en la informal).

El formato oficial de la Carta de Invitación es el siguiente:

http://cancilleria.gob.ec/wp-content/up … n-cuba.pdf

Debe llevar el reconocimiento de la firma y rúbrica de la persona que invita, efectuado ante notario. Y debe, asimismo, acompañarse de una declaración jurada, otorgada ante notario, en la que la persona que invita se comprometa a brindar alojamiento a la persona invitada, a hacerse cargo de su sustento durante el tiempo que permanezca en el Ecuador (con todo lo que ello conlleva, por ejemplo, si la persona cubana se enferma o sufre algún accidente, será quien la ha invitado quien tendrá que hacerse cargo de sus gastos médicos) y asimismo, los gastos que comporte la salida del Ecuador de la persona (y debe incluirse una cláusula en la que la persona que invita garantice que la persona cubana abandonará territorio de la República del Ecuador antes de que finalice el período máximo que puede permanecer con fines turísticos, momento en el cual, cesará su responsabilidad).

Además, se tiene que adjuntar la última declaración de impuesto a la renta presentada ante el Servicio de Rentas Internas.

Tanto la declaración jurada, como el formato oficial de Carta de Invitación y la última declaración de impuesto a la renta, forman un único cuerpo. Se deben presentar por duplicado.

La competencia para autorizar la expedición de estas Cartas de Invitación a personas de nacionalidad cubana residentes en Cuba, corresponde al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, concretamente a la Unidad de Legalizaciones.

NOTA.- Si la persona cubana decide quedarse en Ecuador, puede hacerlo, siempre que solicite OPORTUNAMENTE la correspondiente visa que la autorice para ello. Si decide hacer esto, es conveniente que se coordine con quien lo ha invitado a Ecuador, a efectos de que se otorgue una nueva escritura pública en la que la persona cubana manifiesta su voluntad de quedarse en Ecuador y de tramitar la visa correspondiente y que por tal motivo, releva de toda responsabilidad sobre su persona a la persona que la ha invitado, a partir de la fecha en que le sea concedida la visa. Y la persona que ha invitado, debe manifestar su conformidad y asimismo, recalcar el cese de su responsabilidad. Luego, esta escritura pública debe hacerse sentar razón marginal en la notaría donde se otorgó la primera escritura de declaración jurada de Carta de Invitación. Esto no es algo que dice la página web del Ministerio, pero es un aporte que se procura hacer por este medio, para que queden salvadas las responsabilidades, tanto de quien invita, como de quien decide quedarse en Ecuador (no hay que olvidar que quien invitó formuló una declaración jurada y el juramento tiene jurídicamente un alcance que no puede dejar de desatenderse, ni prestársele la debida atención, además de que se advierte expresamente con sanciones conforme al Código Penal en caso de falsedad de las declaraciones, precisamente por el alcance que tiene prestar una declaración bajo juramento).

5.- Usted primero indica que quiere conocer los trámites para una visa 9-IV, pero luego hace referencia a una 9-V. Son visas diferentes. La 9-V se expide a quienes tienen título de nivel superior, debidamente reconocido por la SENESCYT e inscrito en el SNIESE.

La 9-IV en cambio, comprende varios supuestos: contrato de trabajo por cuenta ajena por tiempo indefinido; poder amplio y general sobre una sociedad ecuatoriana o domiciliada en el Ecuador; ser religioso o misionero trasladado definitivamente al Ecuador o ser corresponsal de prensa trasladado definitivamente al Ecuador. En todo caso, debe saber que la 9-IV es una visa difícil y lenta de tramitar, básicamente porque, cuando hay de por medio un contrato de trabajo por tiempo indefinido, presupone unos trámites previos en el Ministerio de Relaciones Laborales, antes de propiamente poderse pedir la visa en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Y lo propio en los otros supuestos, que requieren trámites previos en notaría y Registro Mercantil; Ministerio de Justicia o Presidencia de la República (para los corresponsales de prensa extranjeros).

6.- Si está en condiciones de poder solicitar una visa 9-V, es mejor que vaya por esta vía: es más sencilla y rápida. Pero, primeramente tendrá que hacer reconocer el título en la SENESCYT. Y para ello, a la vez, la SENESCYT exige que los extranjeros se encuentren en Ecuador en una situación diferente a la de simple turista, para lo cual, se vuelve necesario que previamente solicite una visa de NO INMIGRANTE, categoría 12-IX, que puede hacerlo dentro del Ecuador, en el Ministerio de Relaciones Exteriores, siempre que cumpla con los requisitos exigidos y formule la solicitud durante el plazo de permanencia legal. Cuando se le haya reconocido el título, entonces podrá pedir la modificación a visa de INMIGRANTE, categoría 9-V.

7.- Con la visa 9-V sí puede invitar a otra persona cubana, pues es una visa de INMIGRANTE. Pero, en cambio, deberá cumplir con el otro requisito que se exige: suficiencia de recursos económicos, en la cuantía indicada y en la forma que se exige. Al requerirse la declaración del impuesto a la renta ante el SRI, eso únicamente es posible de tener si se ha trabajado, al menos, un año en Ecuador (sea por cuenta ajena o propia), lo que lleva a concluir que una persona que recién llega y obtiene la visa 9-V, no estará en condiciones de inmediatamente invitar a otra, pues todavía no podrá cumplir con el requisito económico en la forma como es exigido.

Un cordial saludo.

hola guapa q tal  soy de ecuador escribeme ha este correo te puedo ayudar

[email protected] o dejame algo para hablar en privado

gracias por la respuesta me ha sido de mucha ayuda
el que me invita vive en Mocache me pude decir donde debe dirigirse para hacerme la carta de invitacion o si debe ir hasta quito para realizar este tramite?

rosario.rodriguez escribió:

gracias por la respuesta me ha sido de mucha ayuda
el que me invita vive en Mocache me pude decir donde debe dirigirse para hacerme la carta de invitacion o si debe ir hasta quito para realizar este tramite?


Hola. Mochache es provincia de Los Ríos. Puede ir a hacer el trámite a la Coordinación Zonal de Guayaquil. En este mismo foro hay un apartado con direcciones y teléfonos de contacto del Ministerio.

Un cordial saludo.

Gracias, iria hasta la Coordinación Zonal de Guayaquil luego de hacer la carta con un notario?

Feliz tarde, he leído los comentarios de este foro y me han parecido super interesantes y muy oportunas las respuesta de marquesdevelez, en virtud de eso, le solicito información de quehacer para tramitar una visa de estudios en Ecuador (he visto algunas carreras de pre grado que me interesan, en virtud de mi negocio y trabajo aquí  en Venezuela), y luego cambiarla a una visa de inmigrante, puesto que soy profesional técnico en el área de informática, soy Venezolano y graduado en Venezuela, actualmente me encuentro en proceso de certificación de mi titulo de técnico y los documentos de nacimiento y matrimonio, para luego apostillarlos. Leí que como Venezolanos y miembros de la CAN, hay algunos tratamientos especiales, los cuales me gustaría conocer. Muchas gracias por el apoyo que me pueda ofrecer