Reagrupacion Familiar!

Hola a todos! soy ecuatoriana, viviendo 14 años en Francia sin papaeles legales hasta el momento.

El mes proximo me caso con mi novio de nacionalidad francesa y e aqui la pregunta. Es posible despues de haber realizado el mattrimonio aqui en francia viajar a Ecuador y Pedir una visa en el consulado Fraces?
Cuales son las posibilidades?
Cuales los obstaculos e impedimentos?

Si alguien me puede ayudar!!! les estoy completamente agradecida de anntemano.

Buen dia!

lanenaw escribió:

Hola a todos! soy ecuatoriana, viviendo 14 años en Francia sin papaeles legales hasta el momento.

El mes proximo me caso con mi novio de nacionalidad francesa y e aqui la pregunta. Es posible despues de haber realizado el mattrimonio aqui en francia viajar a Ecuador y Pedir una visa en el consulado Fraces?
Cuales son las posibilidades?
Cuales los obstaculos e impedimentos?

Si alguien me puede ayudar!!! les estoy completamente agradecida de anntemano.

Buen dia!


Hola. Pero si le permiten contraer matrimonio en Francia, conforme a la legislación francesa, a pesar de hallarse en situación irregular, en cuanto se celebre el matrimonio, usted podría solicitar una "Carte de séjour" temporal, de vida privada y familiar ( "vie privée et familiale")y ver regularizada su situación en ese país. De esa manera, podrá tranquilamente viajar a Ecuador y volver a Francia otra vez, mientras dure la vigencia de su "Carte de séjour". No necesitaría ya tramitar visa alguna para volver. Le paso el enlace hacia la información oficial de la "Préfecture de Paris" :

http://www.prefecturedepolice.interieur … e-francais

NOTA.- Con todo, debe tener en cuenta que esta expedición de la "Carte de séjour vie privée et familiale" en Francia, por ser cónyuge de francés y estando usted en Francia desprovista de cualquier título que la habilite a permanecer legalmente en el país, es un tratamiento EXCEPCIONAL y no la regla general. Y precisamente por excepcional, debe cumplir con las condiciones que le requieran en la Prefecture con mucha precisión.

Puede llamar por teléfono o enviar un correo electrónico a [email protected] si tiene alguna duda.

ECUADOR.-

Por otro lado, en lo que respecta al Derecho de Ecuador, sí es conveniente que conozca lo siguiente:

A) El matrimonio celebrado en Francia, debe ser reconocido e inscrito en el Registro Civil de Ecuador. Este procedimiento exclusivamente puede llevarse a cabo en Ecuador, por así disponerlo la Ley General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, siendo el órgano competente para tramitar y resolver la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, cuya sede se encuentra en la ciudad de Quito, en Avenida Amazonas N37-61 y Avenida Naciones Unidas, esquina (TROLEBÚS: ESTADIO).

B) Para llevar a cabo el trámite antes mencionado, deberá comparecer junto con su cónyuge francés (se requiere comparecencia personal de ambos) y  llevar consigo:

- Certificado literal de matrimonio del Registro Civil francés, debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya. Este certificado debe ser traducido al castellano en la forma prevista en la Ley de Modernización del Estado.

- Certificado literal de nacimiento de su cónyuge francés, legalizado con la Apostilla de La Haya y traducido al castellano en la forma prevista por la Ley de Modernización del Estado.

- Cédula de identidad y ciudadanía y certificado de votación. Con todo, si usted era residente fuera de Ecuador y constaba inscrita como tal en el Padrón Electoral del Consejo Nacional Electoral, no le es exigible el certificado de votación, pues el voto para las personas residentes fuera de Ecuador es facultativo.

- Pasaporte en vigor de su cónyuge francés.

- Certificados de movimiento migratorio de ambos. Se obtienen en la Jefatura Provincial de Migración de la Policía Nacional. Su expedición genera una tasa de 4 dólares. En Quito, funciona en Avenida Amazonas entre  Avenida Mariana de Jesús y Avenida República, frente al centro comercial El Jardín.

- Razón de inexistencia, que la expide el propio Registro Civil y genera una tasa de 2 dólares.

En total, deberá abonar unos 56 dólares por todo el trámite, que se desglosan de la siguiente manera: 2 dólares por el formulario de solicitud; 2 dólares por el formulario de resolución; 2 dólares por la razón de inexistencia y 50 dólares por concepto de estudio, calificación, dictamen jurídico e incripción del matrimonio en el Registro Civil del Exterior, que está a cargo del Departamento de Registro Civil de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación.

NOTA IMPORTANTE.- Este trámite solo se puede llevar a cabo en la sede central de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, en la ciudad de Quito.

Una vez practicada la inscripción del matrimonio en el Registro Civil de Ecuador, usted deberá, sin dilación alguna, solicitar una nueva cédula de identidad y ciudadanía, en la que debe constar su estado civil de casada y el nombre de su cónyuge.


Un cordial saludo.

Gracias por la atencion prestada.

Tomare sin duda en cuenta todas las recomendaciones mencionadas.

Hola no se si aun exista actividad en este tema. Pero estos tramites aun debe estar el cónyuge extranjero en Ecuador para legalización de matrimonio celebrado en otro país?

Hola Sweetieakarma.

Bienvenida a Expat.

Disculpa pero no acabamos de comprender tu consulta. Nos puedes dar más detalles: nacionalidad y lugar de residencia actual de los cónyuges, motivo de tramite y documentación de la que disponéis.

Javier
Equipo Expat

Hola si claro. Soy ecuatoriana  y resido en Ecuador y mi novio es francés viviendo en Francia . Deseamos casarnos en Francia. Luego de que se pueda acceder a loa viajes. Y por lo q he consultado una vez haya celebrado mi matrimonio en Francia tengo que regresar a mi país puesto que estaría de irregular en este pais. Y dado q iria a Francia solo con una Visa de corta duración. La pregunta es. Si para yo legalizar mi matrimonio celebrado Francia. Se requiere que este mi pareja o si puedo tramitar esto yo sola en Ecuador.
Gracias y Saludos

Sweetieakarma escribió:

Hola si claro. Soy ecuatoriana  y resido en Ecuador y mi novio es francés viviendo en Francia . Deseamos casarnos en Francia. Luego de que se pueda acceder a loa viajes. Y por lo q he consultado una vez haya celebrado mi matrimonio en Francia tengo que regresar a mi país puesto que estaría de irregular en este pais. Y dado q iria a Francia solo con una Visa de corta duración. La pregunta es. Si para yo legalizar mi matrimonio celebrado Francia. Se requiere que este mi pareja o si puedo tramitar esto yo sola en Ecuador.
Gracias y Saludos


Ahora entiendo mejor,

Bien, te copio la respuesta que más arriba publicaba nuestro colaborador Marques de Velez:

ECUADOR.-

Por otro lado, en lo que respecta al Derecho de Ecuador, sí es conveniente que conozca lo siguiente:

A) El matrimonio celebrado en Francia, debe ser reconocido e inscrito en el Registro Civil de Ecuador. Este procedimiento exclusivamente puede llevarse a cabo en Ecuador, por así disponerlo la Ley General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, siendo el órgano competente para tramitar y resolver la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, cuya sede se encuentra en la ciudad de Quito, en Avenida Amazonas N37-61 y Avenida Naciones Unidas, esquina (TROLEBÚS: ESTADIO).

B) Para llevar a cabo el trámite antes mencionado, deberá comparecer junto con su cónyuge francés (se requiere comparecencia personal de ambos) y  llevar consigo:

- Certificado literal de matrimonio del Registro Civil francés, debidamente legalizado con la Apostilla de La Haya. Este certificado debe ser traducido al castellano en la forma prevista en la Ley de Modernización del Estado.

- Certificado literal de nacimiento de su cónyuge francés, legalizado con la Apostilla de La Haya y traducido al castellano en la forma prevista por la Ley de Modernización del Estado.

- Cédula de identidad y ciudadanía y certificado de votación. Con todo, si usted era residente fuera de Ecuador y constaba inscrita como tal en el Padrón Electoral del Consejo Nacional Electoral, no le es exigible el certificado de votación, pues el voto para las personas residentes fuera de Ecuador es facultativo.