Legalizar a un espanol en ecuador

hola quiero que me ayude alguien tengo un problema con mi esposo para que se legalize en ecuador presentamos todos los papeles en extranjeria con in visado de seis meses pero le piden un sello que dicen que el consulado del ecuador no lo pueden hacer porque documentos españoles no los pueden hacer pero el ministerio de relaciones exteriores no lo entienden y no sabemos que hacer a quién acudir para que nos ayuden y el visado de seis meses ya se caduco y ahora no sabemos que hacer

estrella 79 escribió:

hola quiero que me ayude alguien tengo un problema con mi esposo para que se legalize en ecuador presentamos todos los papeles en extranjeria con in visado de seis meses pero le piden un sello que dicen que el consulado del ecuador no lo pueden hacer porque documentos españoles no los pueden hacer pero el ministerio de relaciones exteriores no lo entienden y no sabemos que hacer a quién acudir para que nos ayuden y el visado de seis meses ya se caduco y ahora no sabemos que hacer


Hola. Seguramente, se refieren a la Apostilla de La Haya. Si es un documento español, no lo pueden legalizar las autoridades ecuatorianas, desde luego. El Ministerio de Relaciones Exteriores de Ecuador, solo le coloca la Apostilla de La Haya a documentos ecuatorianos.

Y los Consulados de España, que orgánicamente dependen del Ministerio de Asuntos Exteriores, no pueden tampoco colocar la Apostilla, porque por un lado, de acuerdo con el Derecho español no tienen competencia para ello y por otro lado, el propio Convenio de La Haya excluye de su ámbito de aplicación a documentos expedidos por Misiones Diplomáticas u Oficinas Consulares.

Dependiendo del documento, en España, varía quién es el órgano competente para colocar la Apostilla. Si puede decir cuál es el documento que le hace falta, se le puede ofrecer el órgano competente. Pero, en España. Tendrá que mandar los documentos a España, que se los haga legalizar alguien o ponerse en contacto con la institución, para que le reciban y envíen el documento.


Un cordial saludo.

hola sí eso me dijeron el papel que le piden es el certificado de jubilación pero piden que eaye sellado por el consulado del ecuador en españa ya les emos dicho que no aero puede el certificado está apostado por el haya y no lo quieren así y ya no sabemos que hacer y como ya se le caduco el visado que se puede hacer ahora

estrella 79 escribió:

hola sí eso me dijeron el papel que le piden es el certificado de jubilación pero piden que eaye sellado por el consulado del ecuador en españa ya les emos dicho que no aero puede el certificado está apostado por el haya y no lo quieren así y ya no sabemos que hacer y como ya se le caduco el visado que se puede hacer ahora


Hola. Pero si está solicitando visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, por ser cónyuge de ecuatoriana, ese documento no tendría que ser necesario. Y además, si está legalizado con la Apostilla de La Haya, debe ser aceptado, a menos que haya alguna disposición que adicionalmente, exija el visto bueno del Consulado de Ecuador (que eso, solo es posible, con los visados de INMIGRANTE, categoría 9-I, cuando se pide que los certificados de jubilación y percepción de la pensión correspondiente, consten con el visto bueno del Consulado).

Un cordial saludo.

hola lo que pasa es que lo quiso presentar por sí sólo no como matrimonio y al pedirle ese papel apostado por el cónsul y ellos no lo pueden hacer entonces que se puede hacer se podría presentar como matrimonio pero el problema es que sí se saca la carpeta del ministerio de relaciones exteriores se caducan entonces que ago
un saludo

estrella 79 escribió:

hola lo que pasa es que lo quiso presentar por sí sólo no como matrimonio y al pedirle ese papel apostado por el cónsul y ellos no lo pueden hacer entonces que se puede hacer se podría presentar como matrimonio pero el problema es que sí se saca la carpeta del ministerio de relaciones exteriores se caducan entonces que ago
un saludo


Hola.

Hable con el Ministerio y soliciten modificar la solicitud. Está en su derecho, conforme lo establece el art. 138.3 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE). En lugar de pedir una 9-I de RENTISTA, si es que es esa la que ha solicitado (según lo que usted dice, es lo que se puede deducir), solicite una 9-VI, como cónyuge de ecuatoriana, que es más rápida y práctica de obtener. Le van a requerir, eso sí, que presente el certificado de matrimonio de Ecuador. Si se casaron en el extranjero, debió haberse solicitado la inscripción del matrimonio en el Registro Civil de Ecuador.

Ahora, anta la situación de su cónyuge, la prioridad es que obtenga la visa a partir de la situación en la que presentó la solicitud. Simplemente pedir, por escrito, que se modifique la petición y que en lugar de la 9-I, solicita la 9-VI, pues se halla dentro del supuesto legal para poderla solicitar: ser cónyuge de ecuatoriana.

En todo caso, las visas pueden luego modificarse. Si él quiere, después, puede modificar de visa. Pero ahora, con los plazos echados encima y estando contra reloj, lo que le queda es modificar la solicitud.

Un cordial saludo.

hola gracias por sus respuesta me an ayudado pero aún me queda una duda sí cambio el visado o 9I por 9 VI tengo que sacar la carpeta del ministerio o sólo presento la solicitud para cambiar el visado lo que pasa esque tanto como el visado y penales ya están caducados el visado era hasta el 18 de diciembre lo mismo que el de penales
gracias por su atención

estrella 79 escribió:

hola gracias por sus respuesta me an ayudado pero aún me queda una duda sí cambio el visado o 9I por 9 VI tengo que sacar la carpeta del ministerio o sólo presento la solicitud para cambiar el visado lo que pasa esque tanto como el visado y penales ya están caducados el visado era hasta el 18 de diciembre lo mismo que el de penales
gracias por su atención


Hola. Se trata de modificar la petición original en un procedimiento ya iniciado y todavía no resuelto. Los documentos estaban en vigor al momento de presentar la solicitud, de modo que, ya constan dentro del procedimiento.

Lo que es recomendable hacer es redactar un escrito en el que se solicita la modificación de la petición inicial. Luego, usted adjunta una petición, como ecuatoriana casada con extranjero, solicitando que a su cónyuge se le conceda la visa de INMIGRANTE 9-VI, de AMPARO. Debe solicitar, asimismo, la expedición del certificado de MOVIMIENTO MIGRATORIO de AMBOS, ya que para la visa 9-VI, es un documento preceptivo. Lo debe solicitar en la Jefatura Provincial de Migración de la Policía Nacional. Si está en Quito, funciona en la Avenida Amazonas, entre Avenida República y Mariana de Jesús, frente al Centro Comercial El Jardín. Si está en Guayaquil, en la Avenida Jaime Roldós Aguilera, frente al Terminal Terrestre. La expedición del Movimiento Migratorio genera una tasa de 4 dólares y es necesaria la cédula y certificado de votación de la persona ecuatoriana y el pasaporte en vigor de la persona extranjera.

Un cordial saludo.

hola vuelvo a tener el mismo problema dicen que no puedo solicitar como matrimonio que ay que volver a presentar una nueva carpeta que esa ley ya no existe de poder adjuntar los otros papeles que me dice usted
un cordial saludo

Buenas tardes, mi pregunta es: Siendo mi pareja español y no estando casados si existe alguna manera de legalizar su situación. Nosotros vinimos de España como turistas pero debido a la situación decidimos quedarnos aquí. Quisimos casarnos pero nos pedían una visa y dinero para solicitarla y en ese momento no contábamos con ello. En la actualidad hemos constituido una pequeña empresa a mi nombre y estamos empezando y debido al tiempo que ha pasado y a su condición de ilegal, no sabemos que hacer. Existe alguna manera de legalizar su situación aquí porque no queremos volver a España.
Muchas gracias