Requisitos para casarse con un extranjero en el Ecuador

Hola soy de Costa Rica y tengo planes para casarme con mi novia de ecuador, cuales son los documentos que necesito para casarnos alla en ecuador, yo ahorita vivo en Costa Rica y solo he viajado una vez y estuve alla un mes.

junior_arce escribió:

Hola soy de Costa Rica y tengo planes para casarme con mi novia de ecuador, cuales son los documentos que necesito para casarnos alla en ecuador, yo ahorita vivo en Costa Rica y solo he viajado una vez y estuve alla un mes.


Hola. Puede leer entradas anteriores, ahí están detallados los documentos que se requieren.

Un cordial saludo.

buenos dias,
tengo la nacionalidad italiana y vivo en alemania.. en dicimbre 2013 me fui para menos q tres meses a ecuador para visitar mi novio. Nosotros quieriamos casarnos ahi despues los 75 dias, solo q no tenia los documentos para cumplirlo.

ahora me encuentro en alemania, y quieria preguntar cuales requisitos nececito para casarme in quito, mas o menos ya se y les tengo, el documento del nacimiento y el estado civil, pronto les voy a traducir y apostillar en la embajda ecuatoriana de alemania.

mi pregunta es, si es posible sacar una visa para ya ese verano para irme otra vez a ecuador, porq lei q no se puede cojer una visa entre 12 meses del primer ingreso. Pero en el primer ingreso a ecuador viJe sin visa, porque eran menos de 90 dias.

Ademas quieria saber q tipo de visa debo sacar para poder primero ir otra vez a ecuador como turista, y si la visa de turismo es aceptable para casarnos?

cual Visa nececitaria ? Estoy ya buscando todo el internet para respuestas, seria muuy agradable si alguien me pueda ayudar en mis preguntas, para poder por fin empezar mi vida con mi futuro esposo.

muchas gracias

hola me gustaria por favor su ayuda ya q  mi pareja ees colombiano y sacamos la cisa mercosur y y no le quiren dar el trabajo no quiren aplicar la ley y ya no sabemos q hacer  estamos ensandos en la union de hecho pero necesitamos saber como es el tramite q valor tiene   q tiempo se tarda  y si le entregan cedula para laborar ya q  mi pareja siempre es rechazado por sus papeles la visa mercosur no sirve para q lo puedan ayudar los empleadores y el iess no quiren hacer cumplir la ey  y  ademas quieren una carta del representate legal de la compañia y los  dueños de empresa no quieren dar esa informacion  .
De antemano muy agradecida por favor ayúdeme .

isabelagatita escribió:

hola me gustaria por favor su ayuda ya q  mi pareja ees colombiano y sacamos la cisa mercosur y y no le quiren dar el trabajo no quiren aplicar la ley y ya no sabemos q hacer  estamos ensandos en la union de hecho pero necesitamos saber como es el tramite q valor tiene   q tiempo se tarda  y si le entregan cedula para laborar ya q  mi pareja siempre es rechazado por sus papeles la visa mercosur no sirve para q lo puedan ayudar los empleadores y el iess no quiren hacer cumplir la ey  y  ademas quieren una carta del representate legal de la compañia y los  dueños de empresa no quieren dar esa informacion  .
De antemano muy agradecida por favor ayúdeme .


Hola:

1.- Para formalizar una unión de hecho, de conformidad con el Código Civil de Ecuador, deben ambos estar libres de vínculo matrimonial y  haber convivido maritalmente más de dos años. La prueba de la convivencia se hace por medio de declaración de dos testigos mayores de edad y plenamente capaces conforme a Derecho.

2.- Usted no dice si es ecuatoriana. Si lo fuera, le bastará con su cédula de identidad y ciudadanía, donde conste el estado civil de soltera. Su pareja sí que necesitará, en todo caso, el certificado de estado civil del país de su nacionalidad.

Se recalca que sólo pueden formalizar una unión de hecho personas solteras, viudas o divorciadas. No se admite que lo hagan, en cambio, personas casadas, pero separadas de su cónyuge.

3.- La formalización puede hacerse ante juez de lo civil o ante notario. Por agilidad, si realmente tiene mucha prisa, debería ir ante el notario. El procedimiento es :

- La pareja formula una declaración juramentada de que convive maritalmente desde hace más de dos años (debe procurarse ser lo más preciso posible, indicando fechas o épocas exactas del inicio efectivo de la convivencia), que es elevada a escritura pública por el notario. Junto con la pareja, pueden comparecer, en el mismo acto, los dos testigos, que declararán, también bajo juramento, que conocen a la pareja y que es verdad y les consta que los miembros de la pareja, efectivamente, están libres de vínculo matrimonial y que conviven maritalmente desde hace más de dos años, se tratan como tales públicamente y así se presentan ante sus parientes, amistades, conocidos y vecindario en general y son tenidos públicamente en concepto de convivientes.

- A partir de la escritura pública anterior y la solicitud de los convivientes, el notario levantará acta en la que declarará que los convivientes, efectivamente, constituyen una unión de hecho estable y monogámica, de conformidad con lo dispuesto en el Código Civil de Ecuador, por quedar suficientemente acreditados los requisitos exigidos por tal cuerpo normativo, a partir de la solicitud de los propios interesados, de todo lo cual se deja constancia en acta notarial, que se inserta en el Libro de Diligencias, para que produzca los efectos jurídicos pertinentes.

- Se les entregará testimonio del acta notarial, que llevará incorporada la escritura pública de declaración jurada, junto con las declaraciones de los testigos.

3.- Si se formaliza, finalmente, la unión de hecho y usted fuera ecuatoriana, a su conviviente de hecho le corresponder la visa de INMIGRANTE, categoría 9-VI, de amparo familiar.

4.- Se advierte, con todo, que para la legislación ecuatoriana, aunque se concede a las uniones de hecho formalizadas de la manera antes indicada un tratamiento jurídico lo más próximo al que se le concede al matrimonio, no comporta un cambio de estado civil de las personas, que siguen manteniendo su mismo estado civil: soltero, viudo o divorciado.

5.- El Convenio de residencia MERCOSUR permite el acceso al mercado laboral en las mismas condiciones que los nacionales del país (art. 8). Negar el acceso al mercado laboral a un titular de visa MERCOSUR, sería vulneratorio a sus disposiciones, que por ser un tratado internacional, prevalecen sobre la legislación interna, de acuerdo con la jerarquía normativa.

Un cordial saludo.

no se como esten las leyes ahora en ecuador para este 2014 porque muchas fueron cambiadas.. ejemplo eso de los 75 dias es la cosa mas tonta que se pudieron inventar para hacer TODO  mas dificil! algo de lo que siempre estare en contra como ECUATORIANA  que soy y resido aqui en guayaquil toda mi vida no logro comprender como ponen BARRERAS  para que dos personas se casen por amor ya que No todo el mundo busca extranjeros por interes mucha gente esta realmente enamorada!!!! y este registro con autoridad del gobierno solo buscan dificultar que dos personas esten juntas. no se como no tienen cargo de conciencia  de ser los autores de semenajante MALDAD. los 75 dias no existian antes solo porque cubanos empezaron a hacer esas trampas para escaparse de su isla de comunistas.. ahora para todos rige eso.. debiern prohibirselo solo a ellos!! no a todo extranjero!! muchos No vienen aqui para qeudarse porque ya tienen sus trabajos fuera. mi Novio es italiano y trabaja en fedex de eeuu quizas le hacen el pase a ecuador, pero el quiere seguir en eeuu!!! pero la unica forma de casarse conmigo que soy ecuatoriana es esa.. es una estupidez. perdonen la palabra. pero da coraje ver tanta injusticia en este mundo y mas aun en ECUADOR  cuando antes era algo menos complicado. fue aprovechado por gente inescrupulosa que solo queria casarse por otros interes pero ahora TODOS pagamos los platos rotos y eso No es justo!!!. la gente que trabaja fuera No puede quedarse dos meses y mas aqui solo para cumplir el requisito eso inplica perdida de SUS TRABAJOS. y quien los mantiene?? el estado??? esa regla deberia ELIMINARSE INMEDIATAMENTE.! DEBE HABER ALGUIEN QUE PUEDA AYUDARNOS A LOS QUE AMAMOS A UNA PERSONA DE OTRO PAIS Y QUE NOS CASAMOS POR AMOR. PERO QUE ESA REGLA DE QUE ESA PERNOSA DEJE SU TRABAJO PARA PODER CASARSE AQUI, DESAPARESCA PORQUE ES LA COSA MAS INJUSTA DEL MUNDO. SI QUIEREN  PUEDEN VERIFICAR QUE UNA  PAREJA SE CASA POR AMOR. PERO NO DEBERIAN PONER BARRERAS COMPLICADAS PORQUE DESTRUYEN RELACIONES Y LO HACEN A PROPOSITO. YA QUE HAY GENTE QUE IGUAL SE PUEDE PASAR AÑOS EN U PAIS Y CASARSE POR INTERES JAMASPODRAN COMPROBAR ESO AL 100%... LO UNICO QUE CAUSAN ES ATRASOS EN UNA VIDA QUE ES MUY CORTA. NADIE VUELVE A VIVIR PARA DECIR QUE PODRA CUMPLIR TODOS SUS SUEÑOS DEJEN DE COMPLICARLE LA VIDA A LOS DEMAS! CON SUS REGLAS TERRENALES QUE BIEN PUEDEN MODIFICAR!! LA GENTE QUE SE EQUIVOCA AL CASARSE MAL ES PROBLEMA DE ELLOS NO SE PORQUE LAS LEYES SE METEN EN ESTO SI EXISTE EL DIVORCIO ENTONCES PARA QUE COMPLICAR A LOS QUE SE QUIEREN CASAR CON UN EXTRANJERO!!!!! PARECE QUE SOLO FUERA POSIBLE CONDICIONAR AL AMOR A BUSCARSE ALGUIEN DE TU MISMO PAIS.  CUANDO EN EL CORAZON NO SE MANDA!!! LA IGLESIA ES LA MISMA COSA, TODOS PONIENDO MIL LEYES Y REGLAS HACIENDO QUE LAS PERSONAS PERJUDICADAS SE MANTENGAN EN UNA AGONIA. MUCHOS HASTA DESISTIERON. Y NO SE TRATA DE QUIEN AMA MAS. SOLO QUE CON TANTO PAPELEO Y SI HAY QUE QUEDARSE SIN TRABAJO Y CON HAMBRE EN LA CALLE HASTA ESO ES INHUMANO!!!!! SI CREEN EN DIOS LES DIRIA QUE SUS LEYES Y REGLAS NO TIENEN PERDON DE DIOS.

angelitagnh escribió:

no se como esten las leyes ahora en ecuador para este 2014 porque muchas fueron cambiadas.. ejemplo eso de los 75 dias es la cosa mas tonta que se pudieron inventar para hacer TODO  mas dificil! algo de lo que siempre estare en contra como ECUATORIANA  que soy y resido aqui en guayaquil toda mi vida no logro comprender como ponen BARRERAS  para que dos personas se casen por amor ya que No todo el mundo busca extranjeros por interes mucha gente esta realmente enamorada!!!! y este registro con autoridad del gobierno solo buscan dificultar que dos personas esten juntas. no se como no tienen cargo de conciencia  de ser los autores de semenajante MALDAD. los 75 dias no existian antes solo porque cubanos empezaron a hacer esas trampas para escaparse de su isla de comunistas.. ahora para todos rige eso.. debiern prohibirselo solo a ellos!! no a todo extranjero!! muchos No vienen aqui para qeudarse porque ya tienen sus trabajos fuera. mi Novio es italiano y trabaja en fedex de eeuu quizas le hacen el pase a ecuador, pero el quiere seguir en eeuu!!! pero la unica forma de casarse conmigo que soy ecuatoriana es esa.. es una estupidez. perdonen la palabra. pero da coraje ver tanta injusticia en este mundo y mas aun en ECUADOR  cuando antes era algo menos complicado. fue aprovechado por gente inescrupulosa que solo queria casarse por otros interes pero ahora TODOS pagamos los platos rotos y eso No es justo!!!. la gente que trabaja fuera No puede quedarse dos meses y mas aqui solo para cumplir el requisito eso inplica perdida de SUS TRABAJOS. y quien los mantiene?? el estado??? esa regla deberia ELIMINARSE INMEDIATAMENTE.! DEBE HABER ALGUIEN QUE PUEDA AYUDARNOS A LOS QUE AMAMOS A UNA PERSONA DE OTRO PAIS Y QUE NOS CASAMOS POR AMOR. PERO QUE ESA REGLA DE QUE ESA PERNOSA DEJE SU TRABAJO PARA PODER CASARSE AQUI, DESAPARESCA PORQUE ES LA COSA MAS INJUSTA DEL MUNDO. SI QUIEREN  PUEDEN VERIFICAR QUE UNA  PAREJA SE CASA POR AMOR. PERO NO DEBERIAN PONER BARRERAS COMPLICADAS PORQUE DESTRUYEN RELACIONES Y LO HACEN A PROPOSITO. YA QUE HAY GENTE QUE IGUAL SE PUEDE PASAR AÑOS EN U PAIS Y CASARSE POR INTERES JAMASPODRAN COMPROBAR ESO AL 100%... LO UNICO QUE CAUSAN ES ATRASOS EN UNA VIDA QUE ES MUY CORTA. NADIE VUELVE A VIVIR PARA DECIR QUE PODRA CUMPLIR TODOS SUS SUEÑOS DEJEN DE COMPLICARLE LA VIDA A LOS DEMAS! CON SUS REGLAS TERRENALES QUE BIEN PUEDEN MODIFICAR!! LA GENTE QUE SE EQUIVOCA AL CASARSE MAL ES PROBLEMA DE ELLOS NO SE PORQUE LAS LEYES SE METEN EN ESTO SI EXISTE EL DIVORCIO ENTONCES PARA QUE COMPLICAR A LOS QUE SE QUIEREN CASAR CON UN EXTRANJERO!!!!! PARECE QUE SOLO FUERA POSIBLE CONDICIONAR AL AMOR A BUSCARSE ALGUIEN DE TU MISMO PAIS.  CUANDO EN EL CORAZON NO SE MANDA!!! LA IGLESIA ES LA MISMA COSA, TODOS PONIENDO MIL LEYES Y REGLAS HACIENDO QUE LAS PERSONAS PERJUDICADAS SE MANTENGAN EN UNA AGONIA. MUCHOS HASTA DESISTIERON. Y NO SE TRATA DE QUIEN AMA MAS. SOLO QUE CON TANTO PAPELEO Y SI HAY QUE QUEDARSE SIN TRABAJO Y CON HAMBRE EN LA CALLE HASTA ESO ES INHUMANO!!!!! SI CREEN EN DIOS LES DIRIA QUE SUS LEYES Y REGLAS NO TIENEN PERDON DE DIOS.


Hola:

1.- Primero que nada, es recomendable que no utilice letras mayúsculas más que para resaltar alguna idea o para indicar un título. En Internet, como bien sabrá, el uso de letras mayúsculas se considera como que la persona está gritando. Cualquier moderador de la página web le advertirá del particular.

2.- Usted tiene razón en su reclamo. Pero sería recomendable no referirse en esos términos a personas de determinada procedencia o nacionalidad, ni tampoco utilizar calificativos peyorativos para un país en concreto (aunque usted tenga razón), ya que tanto las personas como los Estados merecen respeto y consideración y porque es una polémica inútil, ya que en todos los países hay todo tipo de personas como para pretender que todas entren en la misma calificación.

3.- Cuando se legisla o se aprueba disposiciones administrativas de alcance general, siempre se lo hace en abstracto. De modo que todos quienes se encuentren en la situación, caen bajo el ámbito normativo correspondiente y quedan sujetos a esas prescripciones. No se puede legislar, ni aprobar disposiciones administrativas de alcance general discriminando a las personas de acuerdo con su nacionalidad, porque sería inconstitucional y contrario a previsiones de tratados en materia de derechos fundamentales de los que es signatario el Ecuador.

4.- En cuanto a la normativa: en efecto, esa exigencia de la visa y de la permanencia de 75 días se adoptó desde el año 2009, para prevenir el fraude en la celebración del matrimonio en Ecuador. Sobre todo, por las consecuencias que el matrimonio con persona de nacionalidad ecuatoriana tiene en el ámbito del Derecho Público interno y en el orden público interno: el extranjero que se case con una persona de nacionalidad ecuatoriana tiene derecho a obtener una visa de INMIGRANTE categoría 9-VI para residir en Ecuador y también puede, luego de tres años, adquirir la nacionalidad ecuatoriana por naturalización. Siendo estas materias de tal envergadura para el orden público interno del Estado, es justificable que se adopten medidas conducentes a evitar el fraude, si bien es cuestionable que las medidas adoptadas sean desproporcionadas. Pero lo que no es discutible es que se pueda tomar las medidas.

Por otra parte, las normas que regulan la celebración del matrimonio son normas de orden público y están vinculadas al estado civil de las personas, materia que también es de orden público. Y en este sentido, es también lícito y legítimo que el poder de policía estatal se manifieste en la realización del debido control de la legalidad de la celebración del matrimonio.

Para bien o para mal, en Ecuador rige el sistema de matrimonio civil obligatorio, de modo que todo el que se quiera casar en Ecuador, necesariamente deberá pasar por el Registro Civil, sin perjuicio de que si profesa alguna creencia religiosa, pueda después contraer matrimonio de acuerdo con su creencia.


5.- Sin embargo, existen excepciones a la regla general de permanencia de 75 días, adoptadas por Resolución de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación:

A) Cuando existe descendencia en común: no hay necesidad de que se permanezca 75 días. La boda puede celebrarse en cualquier momento.

B) Cuando existe peligro de muerte para uno de los contrayentes.

C) Cuando los contrayentes puedan probar suficientemente y a satisfacción de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, la realidad  y estabilidad de su relación.

Si alguien está en la excepción C, debe probar efectivamente la realidad de la relación con la persona con la que se pretende casar, pero también la estabilidad, esto es, la duración de la relación en el tiempo, que desde luego, no puede ser de pocos días o semanas. Debe ser una relación que haya durado algunos meses y que evidentemente tenga por finalidad la celebración del contrato matrimonial, con el objeto de constituir efectivamente, una comunidad de vida con la otra persona. Es indiferente si luego siguen viviendo en Ecuador o se marchan a vivir en el extranjero y más detalles de la intimidad de la pareja que resultan irrelevantes y en los que ya no es lícito penetrar al funcionario público competente.

El matrimonio para el Código Civil de Ecuador es un CONTRATO. Y como tal, corresponde al órgano del cual dependen los funcionarios competentes para autorizar la celebración de ese contrato, la calificación de la capacidad de los contrayentes y la verificación del cumplimiento de toda la normativa que resulte aplicable, bien directamente, bien por conexión.

Un cordial saludo.

señor marquesdevelez, veo que ud es una persona con muchos conocimientos y que los comparte abiertamente, de verdad muchas gracias por ayudar.
Tengo un gran problema, yo soy de ecuador pero mi novio es del extranjero, estuvo aqui de vacaciones 3 meses y como las cosas con nosotros se dieron bien, el solicito visa y le dieron una visa x un año, pero se le caduco hace unos meses y no nos dan la facilidad para renovarla, pero antes de que se le caduque, quede embarazada y ahora tengo una hija suya. la bebe si esta reconocida por el aqui en ecuador  hasta cedula tiene, pero mi novio no tiene papeles xq ya se le caducaron, es posible conseguir una visa aun cuando ya no esta legal? o inevitablemente lo van a deportar? Yo he leido que para aplicar hay q estar con visa vigente, pero y entonces en que situacion quedaria mi hija xq yo antes q todo quisiera solicitar la pension de alimentos, pero me da miedo que se lo lleven de regreso a su pais y ya no vea por la niña. Espero pueda ayudarme xq estoy desesperada!

Hola.  Muchas gracias por su blog y la información con la que ayuda a todos quienes necesitamos de su valiosa orientación, quisiera me ayude confirmando lo siguiente. Mi novio es Costarricense, llevamos juntos 5 años él es divorciado y deseamos casarnos aquí en Ecuador ya que soy de Quito, según entiendo él debe solicitar una visa tipo 12-IX para venir al Ecuador y poder permanecer aquí 180 días, mientras tanto completamos los 75 días hábiles para contraer matrimonio, una vez que se pueda concretar esto, aplicamos a la visa 9-VI, esto es correcto? lo que me preocupa es que lo puedan deportar, de ante mano agradezco mucho por su gentil ayuda.

Hola...necesito ayuda por favor... soy marroqui y mi novia es ecuatoriana, deseamos casarnos en ecuador, pero no sabemos cuales son los pasos y requisitos a seguir..cabe señalar que entre marruecos y ecuador no hay visado ,como puedo obtener visado de no inmigrante? ,..por favor explicame todo con detalles

Gracias de antemano.

Hola soy ecuatoriana y quiero contraer matrimonio con mi novio colombiano que aún vive en su país de origen y queremos hacer todo
legalmente, sí bien entiendo, los pasos en orden serían:
1. El debe ingresar al país con una visa de No Inmigrante, de preferencia 12 Ix
2. Debe registrarla una vez que llegue en el Ministerio de Relaciones Exteriores
3. Esperar 75 días sin salir del país
4. Casarnos el día 76 en el Registro Civil
5. Ingresar la petición de nacionalidad ecuatoriana por declaratoria inmediatamente en la Cancillería (sólo a partir de este paso se necesitaría de un abogado)
Por favor confirmar si ése es el orden y si me falta algún paso. Gracias!

Buenas, soy de Caracas - Venezuela y mi prometido vive en Quito - Ecuador. Tengo 18 años y el 22 quisiera saber a que edad puedo casarme alla siendo extranjera, si puedo casarme ingresando como turista sin necesidad de ninguna visa puesto que esta vigente un convenio que indica que me puedo desplazar a dicho pais sin visa. Tambien quiero saber si inmediatamente tendria la nacionalidad de alla por que despues de casarme quiero estudiar una carrera universitaria para luego trabajar ademas cuales son los requisitos, papeles y eso para contraer el matriomonio, los requisitos para estudiar y trabajar luego de casarme y quiero sabes si tengo que devolverme a mi ciudad para comprobar que me case siendo turista o no es necesario? Gracias espero que me aclaren todas mis dudas al 100%  :par:

Hola soy una ciudadana española que tiene a su pareja cubana con una visa 12-9 en Ecuador. Me gustaría saber si podría traerme a mi pareja con ese régimen para España, y si fuera así cómo o si podría casarme por poderes desde España puesto que yo trabajo aquí y no puedo viajar en un tiempo. Muchas gracias. Un saludo

Hola. Soy ecuatoriana vivo hace 10 anos en españa y voy a casarme con un español en ecuador el lleva el visdo del consulado ecuatoriano x 6 meses y lleva partida de naciento apostillada y carta de solteria.quisiera saber si la partida de naciento y el acta de solteria se vence a los 3 meses o le dura los 6 meses de visado,y si m puedo casar e manabi o solo tiene q ser en guayaquil.
2 pregunta...yo llevo separada 13 años..pero hace 5 meses m salio el divorvioxq no sabia el paradero de mi ex.es verdad q tengo q esperar 300 dias para volverme a casar,?? O puedo hace4 algun tramite para casarme antes??? O m toca esperar????
3 pregunta.esta bien los requisitos de mi novio o nececesita mas papeles. .
mil gracias y espero su respuesta

liliana1208 escribió:

Hola. Soy ecuatoriana vivo hace 10 anos en españa y voy a casarme con un español en ecuador el lleva el visdo del consulado ecuatoriano x 6 meses y lleva partida de naciento apostillada y carta de solteria.quisiera saber si la partida de naciento y el acta de solteria se vence a los 3 meses o le dura los 6 meses de visado,y si m puedo casar e manabi o solo tiene q ser en guayaquil.
2 pregunta...yo llevo separada 13 años..pero hace 5 meses m salio el divorvioxq no sabia el paradero de mi ex.es verdad q tengo q esperar 300 dias para volverme a casar,?? O puedo hace4 algun tramite para casarme antes??? O m toca esperar????
3 pregunta.esta bien los requisitos de mi novio o nececesita mas papeles. .
mil gracias y espero su respuesta

liliana1208 escribió:
liliana1208 escribió:

Hola. Soy ecuatoriana vivo hace 10 anos en españa y voy a casarme con un español en ecuador el lleva el visdo del consulado ecuatoriano x 6 meses y lleva partida de naciento apostillada y carta de solteria.quisiera saber si la partida de naciento y el acta de solteria se vence a los 3 meses o le dura los 6 meses de visado,y si m puedo casar e manabi o solo tiene q ser en guayaquil.
2 pregunta...yo llevo separada 13 años..pero hace 5 meses m salio el divorvioxq no sabia el paradero de mi ex.es verdad q tengo q esperar 300 dias para volverme a casar,?? O puedo hace4 algun tramite para casarme antes??? O m toca esperar????
3 pregunta.esta bien los requisitos de mi novio o nececesita mas papeles. .
mil gracias y espero su respuesta



Hola:

1.- El certificado literal de nacimiento no caduca. El de estado civil sí, se lo acepta con una antigüedad no mayor a tres meses.

2.- La boda necesariamente debe llevarse a cabo en Guayaquil o en Quito, en la sede central del Registro Civil. No es posible celebrarla en otro sitio.

3.- El extranjero debe haber permanecido, al menos, 75 días en Ecuador, de forma continuada.

4.- Para evitar esperar los 300 días, es suficiente con que acredite científicamente no encontrarse embarazada. Un simple análisis clínico, que certifique un médico, que acredite que no está embarazada, es suficiente.

5.- Su prometido, cuando entre en Ecuador, debe inscribir su visa en el Registro de Extranjeros, a cargo del Ministerio de Relaciones Exteriores, en el plazo de 30 días siguientes a su entrada en el país y luego, inscribirse en el Empadronamiento de Migración, a cargo del mismo Ministerio (4 dólares).

6.- Debe también obtener un certificado de movimiento migratorio, antes de que se celebre la boda.

Un cordial saludo.

hola soy mexicano y mi novia es de ecuador  llevamos 3 meses de novios y nos queremos casar q papeles necesito yo para poder ir aya y casarme

Hola muy buenos días D. Márques. De antemano darle las gracias por su labor en pro de los extranjeros con diversas inquietudes. Se que no es el foro correcto pero no encuentro uno de España.
Pese a que ya he leído algunas cosas sobre mis inquietudes hay cosas que no me quedan claras. Mi consulta es la siguiente. Yo soy venezolana, mayor de edad y residente comunitaria en España. Actualmente vivo, trabajo y estudio aquí en España. Mi novio también es venezolano, mayor de edad pero no ha residido nunca aquí en España ni está empadronado en otro sitio q no sea Venezuela, pero nos queremos casar aquí y que posteriormente el pueda obtener la tarjeta de residencia comunitaria a través de mi. Entonces lo que me gustaría saber es: 1.- Los pasos a seguir para solicitar la apertura del expediente matrimonial y los requisitos que ambos necesitamos tanto de Venezuela como de aquí. 2.- una vez celebrado el matrimonio civil y de efectuar su registro, para poder solicitar luego su tarjeta que requisitos debo cumplir yo a nivel económico y si lo puede tramitar aquí o en el consulado español en Venezuela? Es que me han dicho que se requiere un visado de reagrupacion que se otorga en el país de origen. Pero no me queda claro porque por ejemplo yo vine por reagrupacion y tramitamos todo desde aquí e España sin necesidad del visado. 3.- El viene a verme el 27 de enero de 2015 mediante carta de invitación que to le he hecho. Y a partir de ese momento queremos iniciar el expediente matrimonial. Lo único es que su pasaje de regreso a Venezuela es para el día 1 de marzo y en ese caso no quiero que quede ilegal. Que se puede HACER en ese caso? Nota: no somos divorciados,  ni viudos, no tenemos hijos, y tenemos 4 años de noviazgo. Muchas gracias y espero su pronta respuesta.  :)

Hola Lmur22,

Bienvenida a Expat.com!

Para mejor visibilidad te invito e crear una nueva discusión en el foro de España.

Joan
Equipo Expat.com

Saludos Sr. Marquesdevelez
He podido leer sus aclaraciones sobre matrimonios y otros temas y en todos ha sido muy claro y quiero que, por favor, me aclere mi caso sobre matrimonio.
Soy Cubano y poseo Visa 12-IX la cual se vence el día 16 de septiembre del presente año, desde q llegue a Quitó con Visa T-3, es decir hace 6 meses aproximadamente, comencé una relación con una chica Ecuatoriana y hemos decidido casarnos a tés de culminar mi estancia en el país, he leído los trámites necesarios para formalizar nuestra relación en cambio también tengo mis dudas a causa de mi nacionalidad cubana y si existe en realidad alguna acepción para nuestros casos. Soy soltero y no tengo hijos, ella en c

Buenas tardes,

Soy colombiana y ahora resido en Bogota. Mi inquietud es que me voy a encontrar con un chico de la india en ecuador en diciembre y la idea es casarnos en ecuador. Cual seria el proceso para casarnos en ecuador, que documentos necesita èl y yo. Si es en la embajada de la india o en la de colombia. tengo muchas dudas gracias.

Hola ROCIOESCOBEDO28,

Bienvenida a Expat.com!

Te invito a presentarte en el foro.

Si eres mas concreta con tus dudas quizás algún miembro pueda ayudarte.


Joan
Equipo Expat.com

Necesito ayuda para saber que Trámites e de llevar a cabo Para poder casarme con mi pareja que es de Ecuador, yo soy de España actualmente vivo acá allí no tengo trabajo por lo que no se como pueda hacer si se necesita de trabajo para casarnos nada y tampoco el tiempo por que si me piden tres años legales allí como se supone este tanto tiempo allí? estoy echa un lío

Maria_malaga escribió:

Necesito ayuda para saber que Trámites e de llevar a cabo Para poder casarme con mi pareja que es de Ecuador, yo soy de España actualmente vivo acá allí no tengo trabajo por lo que no se como pueda hacer si se necesita de trabajo para casarnos nada y tampoco el tiempo por que si me piden tres años legales allí como se supone este tanto tiempo allí? estoy echa un lío


Hola:

Para contraer matrimonio en Ecuador no es necesario tener trabajo.

Es necesario, eso sí, ser mayor de 18 años de edad. En el pasado mes de mayo entró en vigor la reforma del Código Civil que estableció como requisito de edad para contraer matrimonio los 18 años de edad, con lo cual, se cerró toda posibilidad de que los menores adultos (varones mayores de 14 años y mujeres mayores de 12 años) puedan casarse.

Asimismo, es necesario no tener actualmente vínculo matrimonial con otra persona (impedimento de ligamen), lo que equivale a decir que, para casarse es necesario ser soltero, viudo o divorciado.

Tampoco debe existir entre los contrayentes parentesco por consanguinidad en línea recta (progenitores o ascendientes) o en línea colateral hasta dentro del segundo grado (hermanos o medios hermanos).

Las personas extranjeras que deseen contraer matrimonio en Ecuador deben llevar consigo :

- Un pasaporte en vigor, con una validez de, al menos, 6 meses.

- Un certificado literal de nacimiento expedido por el Registro Civil del país de nacionalidad (en España lo expide el Registro Civil del municipio donde conste inscrito el nacimiento de la persona).

- Un certificado de estado civil expedido por el país de nacionalidad (en España es la fe de vida y estado, que la expide gratuitamente el Registro Civil del municipio donde la persona tenga su domicilio).

Los documentos españoles expedidos por el Registro Civil deben ser legalizados con la Apostilla de La Haya. Al estar aún los Registros Civiles en España a cargo de jueces, la colocación de la Apostilla de La Haya la debe efectuar la Secretaría de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma; este trámite es gratuito.

Ya no se exige entrar con una visa de NO INMIGRANTE y tampoco se exige la permanencia continuada de 75 días. Pero, en cambio, sí se exige que, tanto el contrayente extranjero, como los testigos si fueran extranjeros, se encuentren en Ecuador de forma legal, para lo cual, es suficiente con mostrar el pasaporte en vigor con el sello T-3 de admisión a territorio de Ecuador.

La celebración del matrimonio civil en Ecuador no es gratuita, genera tasas:  50 dólares si el matrimonio se celebra en la sede del Registro Civil y 250 dólares si se celebra fuera (por ejemplo, en una vivienda o club social).

En todo caso, si tuviera intención de celebrar matrimonio eclesiástico, se advierte de que, de acuerdo con la Ley General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, el matrimonio civil necesariamente ha de preceder al eclesiástico (a menos que alguno de los contrayentes estuviera en peligro de muerte), pues el único matrimonio que reconoce el Estado en Ecuador es el civil.

http://www.registrocivil.gob.ec/?p=1663

Un cordial saludo.

Gracias

Muchas gracias todo me quedo algo más claro  yo así mismo no se como desde aquí en España me pueden dar visado por seis meses creo que no existe no?  Y también que es eso del sello T3 yo tengo 23 años doy de España y el 18 años vive en Ecuador además tengo un hijo pero el no viene conmigo ni estoy casada con el padre afectaría en algo?
Muchísimas gracias por responder estoy muy asustada ya que ambos queremos estar juntos  también que visa necesito para poder casarme y de cuanto dinero hablaríamos en la cuenta??

Solo tengo un par de dudas más si fueran ta. Amables de resobermelas.

Primero si ya no hace falta la visa no inmigrante cual puedo solicitar que me sea válida para poder casarnos y luego solicitar allí el cambio de visa para poder quedar me más de tres meses con el, una vez esté casada debe haber alguna visa para poder estar con el no??

segundo entonces podría casarme antes de los 75 días?  Y los testigos si sin de allí nasa deberían aportar su acreditación identificando se?

Tercero yo tengo un hijo en España pero no estoy casada ni nada de eso tendría que dar algún tipo de papel allí para eso?  Me pueden denegar el casamiento por tener un hijo?

Muchas gracias y perdone por las dudas tan seguidas pero usted a sido de mucha ayuda. 

Saludos.

Hola soy una extranjera guatemalteca y deseo casrme con un ecuatoriano llevamos ya un año de convivir , en mi pais vivmos 6 meses juntos y el dia 5 de novienbre yo he llegado a Ecuador ahora deseo casarme y quedarme a vivir aqui pero necesito saber a dond puedo acudir o que documentos necesito ademas yo unicamente ingrese al pais con pasaporte y vine como turista

Hola señor marquesveliz necesito con urgencia saber que debo aser en mi caso soy guatemalteca y he llegado a Ecuador porque deseo casarme con un ecuatoriano pero yo unicamente cuento con 60 dias para estar en el pais , solo cuento con mi pasaporte extraordinario que documentos o que proceso debo llevar para poder casarme y quedarme en Ecuador

Hola soy peruano ilegal en el Ecuador tengo mi novia y deseo casarme con ella como puedo hacer

y por q tu novia no va ah peru y se casan alla?

Luismi28 escribió:

Hola soy peruano ilegal en el Ecuador tengo mi novia y deseo casarme con ella como puedo hacer


Hola:

Si es peruano, puede regularizar su situación solicitando la visa de residencia temporaria MERCOSUR, que es válida por DOS AÑOS. Es lo primero que debe hacer. Diríjase al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, debe pedir cita en www.cancilleria.gob.ec

Una vez que tenga la visa antes mencionada, podrá casarse en el Registro Civil. Le van a requerir su pasaporte en vigor, su visa de residencia temporaria MERCOSUR, su certificado de inscripción en el Empadronamiento de Migración y su certificado de estado civil expedido por el Registro Civil de su país, legalizado con la Apostilla de La Haya.

Un cordial saludo.

quiero casarme soy ecuatoriano con una colombiana que requisitos necesito

Hola Amador yepez,

Echa un vistazo a los comentarios anteriores en la conversación desde el principio, seguro encuentras información reelevante.

Saludos,

Romina
Equipo Expat.com

Hola:
Por favor pudiera explicar cuales son los requisitos actuales para el matrimonio entre una cubana y un cubanoamericano residente en EE.UU. y que este matrimonio tenga validez en los EE.UU. Somos novios desde antes de que el saliera del país, hace 3 años y medios y hemos decidido casarnos en Ecuador.
Saludos

Buenas tardes

Mi pregunta  es tengo una amiga que tiene nacionalidad española..... y a conocido un chico por intenet  lleva tiempo  chateando y hablando  el mundo de ahora.. están en enamorados pero a kilómetros  de diatancias ... que necesita  ella para irse a contraer Matrimonio  con en el Ecuador  y el pueda  venir a España  a vivir Junto a ella? Muchas gracias  de antemano  por su Respuesta.

reyazdin escribió:

Hola...necesito ayuda por favor... soy marroqui y mi novia es ecuatoriana, deseamos casarnos en ecuador, pero no sabemos cuales son los pasos y requisitos a seguir..cabe señalar que entre marruecos y ecuador no hay visado ,como puedo obtener visado de no inmigrante? ,..por favor explicame todo con detalles

Gracias de antemano.


Hola:

Los marroquíes pueden ingresar en Ecuador sólo con su pasaporte en vigor. No necesitan visa y pueden permanecer hasta por 90 días, prorrogables por otros 90 días. En cambio, los ecuatorianos sí necesitan visa para ingresar en Marruecos.

Para casarse en Ecuador, se exige a los extranjeros que no sean residentes en Ecuador que cuenten con una visa de categoría distinta de la simple admisión como turista (sello T-3). Por ello, quien se encuentre simplemente como turista con el sello T-3 o en situación irregular, no podrá contraer matrimonio en Ecuador.

El matrimonio civil en Ecuador se celebra ante la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, a través de sus direcciones provinciales. Si alguno de los contrayentes es extranjero no residente, sólo podrá celebrarse la boda en las oficinas centrales de las direcciones provinciales de Registro Civil, Identificación y Cedulación de Pichincha (Quito), Guayas (Guayaquil) y Azuay (Cuenca).

Se requiere del contrayente extranjero, además del pasaporte con la visa en vigor diferente del sello T-3, el certificado de estado civil del país de nacionalidad, debidamente legalizado en la forma que proceda (Apostilla de La Haya o procedimiento ordinario) y traducido al castellano en la forma prevista en la Ley Orgánica de Gestión de la Identidad y Datos Civiles (por si acaso, en Ecuador sí hay traductores de árabe, porque existe una importante comunidad descendiente de libaneses, sirios y palestinos que han conservado el idioma y algunos de sus miembros brindan servicio de traducción, no debe preocuparle por ello no encontrar alguno).

Al contrayente ecuatoriano sólo se le requiere la cédula de identidad y ciudadanía.

Lo antes dicho vale, en todo caso, en el supuesto de que ambos sean solteros y sin hijos de relaciones anteriores. Si alguno fuera divorciado o viudo o tuviera hijos menores de edad o mayores de edad bajo su curaduría habidos en relaciones anteriores, son necesarios otros requisitos.

Un cordial saludo.

Danielamaria escribió:

Hola:
Por favor pudiera explicar cuales son los requisitos actuales para el matrimonio entre una cubana y un cubanoamericano residente en EE.UU. y que este matrimonio tenga validez en los EE.UU. Somos novios desde antes de que el saliera del país, hace 3 años y medios y hemos decidido casarnos en Ecuador.
Saludos


Hola:

Ambos necesitan hallarse en Ecuador con una visa diferente de la admisión como simple turista (sello T-3) y luego, será suficiente con :

- Pasaportes en vigor de ambos con alguna visa distinta del sello T-3.

- Certificados de estado civil de ambos.

Si alguno fuera divorciado o viudo, se requerirá respectivamente, la sentencia de divorcio ejecutoriada y con razón de inscripción en el Registro Civil correspondiente o el certificado de defunción del anterior cónyuge. Todo, desde luego, debidamente legalizado. Y si alguno tuviera hijos menores de edad o mayores de edad, pero declarados incapaces y que se hallen bajo su curaduría, se requerirá el inventario solemne de los bienes del menor o el que se halle sujeto a su curaduría y el nombramiento de un curador especial para las personas mencionadas.

Luego, el acta de matrimonio que les entreguen en Ecuador, deberá llevar la Apostilla de La Haya y podrán llevarla a cualquier país signatario de dicho Convenio, donde tendrá validez formal (será un documento extranjero, expedido válidamente por las autoridades competentes del país donde se ha expedido, lo cual certifica la autoridad designada por el Estado para apostillar, que es el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana), en tanto que la validez material de acuerdo con la legislación del Estado donde se pretenda hacer valer será la que le reconozca el ordenamiento jurídico de ese Estado (la validez material se refiere al contenido del documento: si ese contenido, que en este caso es un acto jurídico, válido según la legislación del Estado que lo autorizó y expidió, en este caso, Ecuador, puede ser reconocido también como válido conforme con la legislación del Estado donde se lo pretende hacer valer y sobre todo, si puede producir efectos en su ordenamiento jurídico).

Un cordial saludo.

Hola Lorena soy Ismael Vélez ecuatoriano si talves no tienes con quien me ofrezco soy soltero y ecuatoriano si deseas me puedes encontrár en Facebook con mi nombre o a mi numero 09**** o a mi coreo gracias por tu atención espero tu respuesta

Moderado por Vero hace 7 años
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Hola
Soy ecuatoriana con nacionalidad espan'ola (doble nacionalidad) ademas residente Noruega, me preguntaba que necesito para poder casarme en Ecuador? Estuve leyendo varios comentarios y no entiendo muy bien lo de la visa de no inmigrante o algo asi. Necesito yo sacar una visa aun asi tenga el pasaporte ecuatoriano y a la vez el espan'ol? Que requisitos necesitaria yo para poder casarme alla en Ecuador sin ningun problema? Me podriais ayudar con la informacion por favor?

Saludos