karinafuel escribió:Tengo una niña que nacio en madrid julio del 2008 mi pareja y yo somos ecuatotianos y vamos a volver a vivir a ecuador por lo que necesito saber como tengo que hacer para sacarle la cedula a mi hija
Hola.
Si nació en julio de 2008, le fue reconocida la nacionalidad española con valor de simple presunción y nunca solicitó la inscripción del nacimiento en el Registro de Nacimientos del Consulado del Ecuador y por tanto, no tiene pasaporte ecuatoriano, el procedimiento es el siguiente:
1.- Al entrar en Ecuador, debe presentar el pasaporte español de la menor junto con su certificado literal de nacimiento que pruebe que ustedes son sus progenitores, para que en el pasaporte español se estampe el sello DOBLE NACIONALIDAD.
2.- Una vez dentro de Ecuador, debe realizar en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana el trámite de RECONOCIMIENTO DE LA NACIONALIDAD ECUATORIANA POR NACIMIENTO.
3.- Cuando tenga la resolución del trámite antes mencionado, debe solicitar la inscripción en el Registro Civil de esa resolución y luego, la inscripción del nacimiento como inscripción tardía.
4.- Con la certificación de inscripción de nacimiento, se podrá solicitar ya la expedición de la cédula de identidad y ciudadanía de la menor.
EN EL CASO de que usted sí hubiera inscrito a la menor en el Registro de Nacimientos a cargo del Consulado de Ecuador en España, solo tendría que solicitar el pasaporte en el Consulado. El Consulado, cuando practica una inscripción de nacimiento en el Registro de Nacimientos a su cargo, le debe correr traslado, mediante el sistema informático MAGNA al Departamento de Registro Civil-Servicio de Registro del Exterior, de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación (Quito), para que también se inscriba en el Registro del Exterior. Luego, el sistema informático debe generar un número de cédula (la cédula no se puede expedir fuera de Ecuador), que se hace constar en un documento oficial ("especie valorada") y a partir de él, se tramita el pasaporte ecuatoriano. Cuando se llega a Ecuador, se entra con el pasaporte ecuatoriano y con él, más el certificado de constancia de número de cédula expedido por el Consulado, desde la base de datos de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación, ya se podrá tramitar la expedición de la cédula de identidad y ciudadanía.
Tenga en cuenta que le he planteado dos posibles situaciones, diferentes, según el supuesto en el que se encuentre, que se encuentre, que no lo ha aclarado.
Debe saber, con todo, que si es el primer caso, tendrá un coste económico más elevado, que se desglosa así:
- Arancel Diplomático y Consular en concepto de reconocimiento de nacionalidad ecuatoriana por nacimiento: 30 dólares.
- Inscripción de la Resolución del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, que declara el reconocimiento de la nacionalidad ecuatoriana por nacimiento, en el Registro Civil (Departamento de Registro Civil-Servicio del Exterior, de la Dirección General de Registro Civil, Identificación y Cedulación): 250 dólares.
- Inscripción de nacimiento: la inscripción en cuanto tal,es gratuita. Pero, hay unos costes de pasos previos, que sí deben cubrirse: especie valorada de solicitud (2 dólares); razón de inexistencia (2 dólares); especie valorada en la que se hará constar resolución (2 dólares)y el estudio, calificación y reconocimiento de documento extranjero para que pueda transcribirse al Registro Civil de Ecuador (50 dólares). En total, 56 dólares.
- Expedición de la cédula de identidad y ciudadanía: 5 dólares.
Espero que le sean útiles estos datos.
Un cordial saludo.